Legislación › Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
Artículo 151. Régimen de funcionamiento.
Artículo 151. Régimen de funcionamiento.
1. En el ejercicio de sus funciones, el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía se someterá a las disposiciones contenidas en esta ley y en sus normas de desarrollo, a las de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a las establecidas en la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
2. Se regulará, en desarrollo de lo previsto en esta ley, su constitución y funcionamiento.


