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Legislación › Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.

Disposición final tercera. Habilitación para ejercer las profesiones del deporte.

Disposición final tercera. Habilitación para ejercer las profesiones del deporte.

Se faculta al Consejo de Gobierno para que regule la habilitación y acreditación de las unidades de competencia correspondientes a la profesión de que se trate, mediante los procedimientos establecidos legalmente para acreditar sus competencias profesionales, o que hayan superado los módulos formativos asociados a las unidades de competencia correspondientes a la profesión de que se trate.

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