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Legislación › Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.

Disposición transitoria tercera. Adaptación de planes existentes.

Disposición transitoria tercera. Adaptación de planes existentes.

El Plan Director de Instalaciones Deportivas de Andalucía se adaptará a esta ley en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de la misma. A su vez, los planes locales de instalaciones deportivas que estuvieran en vigor deberán adaptarse al Plan Director en el plazo de un año desde su entrada en vigor.

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