LexTotal

Legislación › Ley 6/2016, de 15 de julio, del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat.

Disposición adicional octava. Limitaciones en el caso de insuficiencia de aportaciones.

Disposición adicional octava. Limitaciones en el caso de insuficiencia de aportaciones.

La limitación de los costes del capítulo I de no superar en un tercio el total de presupuesto, prevista en el artículo 36 de esta ley, no se debe aplicar en el ejercicio presupuestario 2021 y los de duración del segundo contrato programa de la CVMC. En este sentido, la limitación tampoco se aplicará en lo que respeta a los instrumentos de ordenación del personal.

Se modifica por el art. 109 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. BOE-A-2021-1859

Se añade por el art. 90 de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre. BOE-A-2019-1987

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1859 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2019-1987 Leer

← Disposición adicional séptima Índice Disposición transitoria primera →