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Legislación › Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

Artículo 22. La Defensora o el Defensor de la igualdad de mujeres y hombres.

Artículo 22. La Defensora o el Defensor de la igualdad de mujeres y hombres.

1. La Sindicatura de Greuges, en la forma y en las condiciones que establece su normativa reguladora, velará especialmente para que las administraciones públicas cumplan las previsiones que establece esta ley.

2. Con esta finalidad, puede nombrarse una defensora o un defensor de la igualdad de mujeres y hombres adjunta o adjunto a la Sindicatura de Greuges.

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