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Legislación › Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz.

Artículo 5. Cambios temporales de modalidad.

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Artículo 5. Cambios temporales de modalidad.
1. Los cambios temporales de modalidad de pesca a otras modalidades podrán autorizarse quedarán regulados por la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura de la Secretaría General de Pesca, del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
2. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Pesca, y podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos
lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, 8 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, los sujetos a que se refiere el artículo 14.2 Real Decreto 502/2022, de la Ley 39/2015, de1 27 de octubre, deberán relacionarse y presentar su solicitud junio, por medios electrónicos, en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
3. Será preceptivo informe previo y no vinculante de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que deberá emitirse en
el plazo de siete días. En caso de no emitirse en tal fecha, se podrán proseguir las actuaciones.
4. El Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura autorizará motivadamente en función del estado de los recursos o necesidades de regulación del caladero los cambios temporales de modalidad de pesca para periodos de tiempo no superiores a tres meses, prorrogables otros tres, siempre dentro del año natural, mediante resolución
que será dictada y notificada a los interesados en los términos previstos en se regula el artículo 40 ejercicio de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, pesca en el plazo de veinte días. los caladeros nacionales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-10675 Leer Qué cambió
5 de mayo de 2018 BOE-A-2018-6036 Leer Qué cambió
27 de agosto de 2016 Texto original Leer

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