Legislación › Ley 11/2016, de 19 de julio, de creación de los colegios provinciales de economistas por fusión de los colegios de titulares mercantiles y de economistas existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Disposición transitoria tercera. Subrogación.
Disposición transitoria tercera. Subrogación.
Los colegios resultantes de la fusión se subrogan en todos los derechos y obligaciones de los colegios promotores de la fusión.
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