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Legislación › Ley 11/2016, de 19 de julio, de creación de los colegios provinciales de economistas por fusión de los colegios de titulares mercantiles y de economistas existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición transitoria cuarta. Consejo Gallego de Colegios de Economistas.

Disposición transitoria cuarta. Consejo Gallego de Colegios de Economistas.

Una vez constituidos formalmente los nuevos colegios de economistas de A Coruña, de Lugo, de Ourense y de Pontevedra, se integrarán en el Consejo Gallego de Colegios de Economistas.

El Consejo Gallego de Colegios de Economistas, creado por Decreto 89/2008, de 17 de abril, en el plazo de seis meses desde la toma de posesión de los órganos de gobierno de los colegios provinciales procederá a la modificación de sus estatutos y de la composición de su junta de gobierno, al objeto de adaptarse a la nueva estructura colegial.

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