Legislación › Ley 15/2016, de 28 de julio, del Plan gallego de estadística 2017-2021.
Artículo 16. Datos de origen administrativo.
Artículo 16. Datos de origen administrativo.
Si fuera necesario utilizar datos de fuentes administrativas para realizar una operación programada, los órganos, autoridades y personal funcionario encargado de su custodia prestarán la más rápida y ágil colaboración, la cual podría consistir en la cesión de los datos necesarios para ejecutarla según el proyecto técnico.


