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Legislación › Ley 15/2016, de 28 de julio, del Plan gallego de estadística 2017-2021.

Artículo 16. Datos de origen administrativo.

Artículo 16. Datos de origen administrativo.

Si fuera necesario utilizar datos de fuentes administrativas para realizar una operación programada, los órganos, autoridades y personal funcionario encargado de su custodia prestarán la más rápida y ágil colaboración, la cual podría consistir en la cesión de los datos necesarios para ejecutarla según el proyecto técnico.

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