Legislación › Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes Balears.
Artículo 16. Valoración en el caso de fraccionamiento de proyectos.
Artículo 16. Valoración en el caso de fraccionamiento de proyectos.
La evaluación de impacto ambiental hará referencia a la totalidad del proyecto. El fraccionamiento de proyectos no impide que se apliquen los umbrales que establecen los anexos de esta ley, a cuyos efectos se acumularán las magnitudes o las dimensiones de cada uno de los proyectos considerados.


