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Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes Balears.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 17 de septiembre de 2016 · Último cambio el 20 de octubre de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito.
- Artículo 2. Finalidades.
- Artículo 3. Cooperación interadministrativa. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- Artículo 4. Información ambiental, participación pública y sostenibilidad social.
- Artículo 5. Confidencialidad.
- Artículo 6. Uso de medios telemáticos.
- TÍTULO I
- Artículo 7. Determinación y estructura. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- Artículo 8. Criterios técnicos o interpretativos.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 9. Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica. 5 redacciones · cambió el 31/10/2019
- Artículo 10. Trámites, documentación y plazos de la evaluación ambiental estratégica .ordinaria, la evaluación ambiental estratégica simplificada y la modificación de la declaración ambiental estratégica. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- Artículo 11. Particularidades de la evaluación ambiental estratégica ordinaria de los instrumentos de ordenación que impliquen actuaciones de urbanización. 3 redacciones · cambió el 02/03/2019
- Artículo 12. Particularidades de la evaluación ambiental estratégica simplificada.
- Artículo 13. Particularidad de la evaluación ambiental estratégica de las normas territoriales cautelares y de las normas provisionales de planeamiento. 2 redacciones · cambió el 29/12/2017
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Ámbito de aplicación de la evaluación de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 31/10/2019
- Artículo 15. Proyectos excluidos y exceptuables de la evaluación ambiental. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- Artículo 16. Valoración en el caso de fraccionamiento de proyectos.
- Artículo 17.Trámites, documentación y plazos de la evaluación de impacto ambiental ordinaria, de la evaluación de impacto ambiental simplificada y de la modificación de la declaración de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 02/03/2019
- Artículo 18. Particularidades en la tramitación. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- CAPÍTULO III
- Artículo 19. Consultas fuera de las Illes Balears.
- Artículo 20. Resolución de discrepancias.
- Artículo 21. Relación entre la evaluación ambiental estratégica y la evaluación de impacto ambiental. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- Artículo 22. Tramitación de urgencia.
- Artículo 23. Nulidad de los planes, los programas y los proyectos que no se sometan a la evaluación ambiental.
- Artículo 24. Los planes, los programas y los proyectos sometidos a la presentación de una declaración responsable o de una comunicación previa.
- Artículo 25. Falta de emisión de las declaraciones y los informes ambientales.
- Artículo 25 bis. Modificaciones con motivo de la tramitación o en fase de recurso.
- Artículo 25 ter. Condicionantes ambientales.
- TÍTULO III
- Artículo 26. Consulta preceptiva al órgano ambiental de la comunidad autónoma de los planes, los programas y los proyectos que debe evaluar la Administración General del Estado. 4 redacciones · cambió el 07/08/2018
- TÍTULO IV
- Artículo 27. Procedimiento.
- Artículo 28. Actuaciones previas.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 29. Seguimiento de las declaraciones ambientales estratégicas, los informes ambientales estratégicos, las declaraciones de impacto ambiental y los informes de impacto ambiental.
- Artículo 30. Inspección.
- Artículo 31. Fianzas y seguros de responsabilidad civil y ambiental.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Medidas cautelares. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- CAPÍTULO III
- Artículo 33. El restablecimiento del orden jurídico perturbado, la reposición de la realidad física alterada y la indemnización por daños y perjuicios. 4 redacciones · cambió el 07/08/2018
- CAPÍTULO IV
- Artículo 34. Medios de ejecución forzosa.
- Artículo 35. Ejecución subsidiaria. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- Artículo 36. Multas coercitivas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 37. La potestad sancionadora.
- Artículo 38. Sujetos responsables de las infracciones. 2 redacciones · cambió el 07/08/2018
- Artículo 39. Infracciones en materia de evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 40. Sanciones correspondientes a las infracciones en materia de evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 41. Procedimiento sancionador y publicidad de las sanciones.
- Artículo 42. La prestación ambiental sustitutoria.
- Disposición adicional única. Legalización de las edificaciones, construcciones e instalaciones vinculadas a la fabricación de cerámicas para la construcción.
- Disposición adicional [sic]. Evaluación de riesgos.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental de las Illes Balears (LECO).
- Disposición final tercera. Exclusiones de la autorización administrativa de la administración hidráulica.
- Disposición final cuarta. Autorización de desarrollo.
- Disposición final quinta. Modificación de la disposición transitoria cuarta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.
- Disposición final sexta. Modificación del artículo 1.3 de la Ley 10/2010, de 27 de julio, de medidas urgentes relativas a determinadas infraestructuras y equipamientos de interés general en materia de ordenación territorial, urbanismo y de impulso a la inversión
- Disposición final séptima. Modificación del artículo 15.5 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO 1
- ANEXO 2
- ANEXO 3
- ANEXO 4


