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Legislación › Real Decreto 727/2017, de 21 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo General.

Artículo 12. De autoorganización.

Artículo 12. De autoorganización.

Los colegios, en el ejercicio de su potestad de autoorganización interna, ejercerán las siguientes funciones:

a) Elaborar sus Estatutos particulares, para aprobación del Consejo General.

b) Aprobar el Reglamento de Régimen Interior en desarrollo y aplicación de sus Estatutos.

c) Aprobar y ejecutar sus presupuestos.

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