Legislación › Real Decreto 727/2017, de 21 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo General.
Artículo 12. De autoorganización.
Artículo 12. De autoorganización.
Los colegios, en el ejercicio de su potestad de autoorganización interna, ejercerán las siguientes funciones:
a) Elaborar sus Estatutos particulares, para aprobación del Consejo General.
b) Aprobar el Reglamento de Régimen Interior en desarrollo y aplicación de sus Estatutos.
c) Aprobar y ejecutar sus presupuestos.


