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Legislación › Real Decreto 727/2017, de 21 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo General.

Disposición transitoria única. Aprobación o adaptación de los Estatutos Particulares.

Disposición transitoria única. Aprobación o adaptación de los Estatutos Particulares.

1. En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor del presente real decreto, los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos aprobarán o adaptarán, en su caso, sus Estatutos particulares a estos Estatutos Generales y los presentarán a la Administración pública competente.

2. Durante dicho período permanecerán en vigor los Estatutos vigentes en todo lo que no se opongan a los aprobados por el presente real decreto.

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