Legislación › Orden APM/839/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Jumilla".
Artículo 19. Servicios del Consejo Regulador.
Artículo 19. Servicios del Consejo Regulador.
1. Los Servicios del Consejo Regulador se estructuran en el área de administración y promoción, bajo la dirección y la coordinación del Secretario del Consejo Regulador.
2. Las áreas de administración y promoción, asumirán todos los asuntos relacionados con los recursos humanos y materiales, la gestión económica, las actuaciones de promoción y la administración, la secretaría del Consejo Regulador, así como cualquier otra cuestión de carácter general no atribuida a otras áreas, y contará con personal responsable para cada una de ellas.


