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Legislación › Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas.

Artículo 8. Creación y ámbito de actuación.

Artículo 8. Creación y ámbito de actuación.

Se crea la Agencia de Integridad y Ética Públicas, ente público que dependerá directamente de las Cortes de Aragón y asumirá las competencias establecidas en esta ley para la garantía, coordinación e impulso de la integridad y la ética públicas.

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