Legislación › Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas.
Disposición adicional octava. Control parlamentario sobre responsabilidad civil en los procesos penales.
Disposición adicional octava. Control parlamentario sobre responsabilidad civil en los procesos penales.
En los procesos penales que se sigan por delitos contra la Administración pública y se halle comparecida la Administración autonómica no se podrá alcanzar acuerdo alguno sobre la responsabilidad civil derivada del delito en cualesquiera de las fases del proceso sin autorización previa de las Cortes de Aragón.
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