Legislación › Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
Artículo 390. Instalaciones de telecomunicación y conducción de energía.
Artículo 390. Instalaciones de telecomunicación y conducción de energía.
Se califica como infracción grave y se sancionará con multa de 6.000 a 150.000 euros las instalaciones no autorizadas de telecomunicaciones y conducción de energía.


