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Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 8 de septiembre de 2017 · Último cambio el 27 de enero de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Desarrollo sostenible.
- Artículo 4. Criterios de intervención.
- Artículo 5. Principios específicos.
- Artículo 6. Participación ciudadana.
- Artículo 7. Derecho de información urbanística.
- Artículo 8. Función social del derecho de propiedad.
- Artículo 9. Relaciones entre planes y criterios de interpretación.
- Artículo 10. Potestades públicas.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 11. Principios generales en materia de organización.
- Artículo 12. Gobierno y Administración autonómica.
- Artículo 13. Cabildos insulares. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 14. Ayuntamientos.
- Artículo 15. Entidades instrumentales.
- Artículo 16. Lealtad institucional.
- Artículo 17. Deber de colaboración.
- Artículo 18. Cooperación y asistencia mutua. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 19. Cooperación en actuaciones con relevancia territorial.
- Sección 2
- Artículo 20. Agencia Canaria de Protección del Medio Natural.
- Artículo 21. Comisión de Valoraciones de Canarias.
- Artículo 22. Consejo Cartográfico de Canarias.
- Artículo 23. Registro del planeamiento de Canarias.
- Artículo 24. Oficina de Consulta Jurídica sobre ordenación del territorio y urbanismo.
- Artículo 25. Observatorio del Paisaje. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 26. Delimitación del contenido urbanístico del derecho de propiedad del suelo.
- Artículo 27. Contenido urbanístico de la propiedad del suelo: derechos.
- Artículo 28. Contenido urbanístico de la propiedad del suelo: deberes.
- Artículo 29. Aprovechamiento urbanístico medio.
- Sección 2
- Artículo 30. Clases, categorías y calificación.
- Artículo 31. Equivalencia a efectos de situación del suelo.
- Artículo 32. Usos y obras provisionales. 2 redacciones · cambió el 27/01/2026
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 33. Suelo rústico: definición.
- Artículo 34. Suelo rústico: categorías y subcategorías.
- Artículo 35. Delimitación y ordenación del suelo rústico de asentamiento. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Sección 2
- Artículo 36. Derechos de las personas propietarias de suelo rústico. 2 redacciones · cambió el 25/07/2019
- Artículo 37. Deberes de las personas propietarias de suelo rústico.
- Artículo 38. Canon por aprovechamiento en suelo rústico.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 39. Suelo urbanizable: definición y criterios de clasificación.
- Artículo 40. Suelo urbanizable: categorías.
- Sección 2
- Artículo 41. Derechos de las personas propietarias de suelo urbanizable no ordenado.
- Artículo 42. Deberes de las personas propietarias de suelo urbanizable no ordenado.
- Sección 3
- Artículo 43. Derechos de las personas propietarias de suelo urbanizable ordenado.
- Artículo 44. Deberes de las personas propietarias de suelo urbanizable ordenado.
- Artículo 45. Derechos y deberes de la persona promotora no propietaria de suelo urbanizable.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 46. Suelo urbano: definición.
- Artículo 47. Suelo urbano: categorías.
- Artículo 48. Solar.
- Sección 2
- Artículo 49. Derechos de las personas propietarias de suelo urbano no consolidado.
- Artículo 50. Deberes de las personas propietarias de suelo urbano no consolidado.
- Artículo 51. Deberes de las personas propietarias de suelos urbanos no consolidados de escasa entidad.
- Artículo 52. Urbanización y edificación simultánea en suelos urbanos no consolidados.
- Sección 3
- Artículo 53. Derechos de las personas propietarias en actuaciones de dotación.
- Artículo 54. Deberes de las personas propietarias en actuaciones de dotación.
- Sección 4
- Artículo 55. Derechos de las personas propietarias de suelo urbano consolidado.
- Artículo 56. Deberes de las personas propietarias de suelo urbano consolidado.
- Artículo 57. Urbanización y edificación simultánea en suelo urbano consolidado.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 58. Determinaciones de ordenación de directa aplicación y de carácter subsidiario. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 59. Usos, actividades y construcciones ordinarios. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 60. Usos, actividades y construcciones ordinarios específicos. 2 redacciones · cambió el 25/07/2019
- Artículo 61. Usos, actividades y construcciones complementarios. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 62. Usos, actividades y construcciones de interés público o social.
- Artículo 63. Usos, actividades y construcciones autorizables. 2 redacciones · cambió el 25/07/2019
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 64. Suelo rústico de protección ambiental. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Sección 2
- Artículo 65. Usos admisibles.
- Artículo 66. Protección agraria.
- Artículo 67. Protección minera.
- Sección 3
- Artículo 68. Usos generales.
- Artículo 69. Usos admisibles en los asentamientos.
- Sección 4
- Artículo 70. Usos admisibles.
- Sección 5
- Artículo 71. Criterios generales.
- Sección 6
- Artículo 72. Instalaciones de energías renovables. 4 redacciones · cambió el 25/06/2024
- Artículo 73. Concurrencia de regímenes.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 74. Usos, actividades y construcciones en suelo rústico.
- Artículo 75. Licencia municipal y comunicación previa.
- Sección 2
- Artículo 76. Previstos en el planeamiento.
- Artículo 77. No previstos por el planeamiento.
- Artículo 78. Procedimiento con cobertura en el planeamiento.
- Artículo 79. Procedimiento sin cobertura en el planeamiento.
- Sección 3
- Artículo 80. Autorización insular de eventos deportivos y red oficial de rutas en el medio natural. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 81. Principios de la ordenación.
- Artículo 82. Criterios de ordenación.
- Sección 2
- Artículo 83. Instrumentos de ordenación.
- Artículo 84. Planeamiento insular.
- Sección 3
- Artículo 85. Suspensión de la tramitación de instrumentos de ordenación y de licencias.
- Artículo 86. Evaluación ambiental estratégica. 4 redacciones · cambió el 16/12/2025
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 87. Concepto y objeto.
- Artículo 88. Clases y competencia.
- Artículo 89. Contenido.
- Artículo 90. Alcance de la ordenación.
- Artículo 91. Documentación.
- Artículo 92. Iniciativa.
- Artículo 93. Elaboración y aprobación.
- Sección 2
- Artículo 94. Concepto y objeto.
- Artículo 95. Fines.
- Artículo 96. Contenido.
- Artículo 97. Alcance de la ordenación.
- Artículo 98. Determinaciones sobre sistemas generales y equipamientos estructurantes y actuaciones para la prevención de riesgos.
- Artículo 99. Determinaciones sobre régimen urbanístico del suelo.
- Artículo 100. Determinaciones sobre uso turístico. 2 redacciones · cambió el 12/12/2025
- Artículo 101. Documentación.
- Artículo 102. Iniciativa.
- Artículo 103. Elaboración y aprobación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 104. Tipología.
- Artículo 105. Ámbito.
- Artículo 106. Alcance de la ordenación.
- Artículo 107. Contenido.
- Artículo 108. Zonificación.
- Artículo 109. Determinaciones de gestión de planes rectores de uso y gestión.
- Artículo 110. Determinaciones específicas de ordenación urbanística.
- Artículo 111. Documentación.
- Artículo 112. Iniciativa.
- Artículo 113. Tramitación.
- Artículo 114. Aprobación.
- Artículo 115. Cooperación interadministrativa.
- Artículo 116. Espacios incluidos en la Red Natura 2000.
- Artículo 117. Facultades de subrogación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 118. Concepto y clases.
- Artículo 119. Planes territoriales parciales.
- Artículo 120. Planes territoriales especiales.
- Artículo 121. Documentación.
- Artículo 122. Iniciativa y procedimiento de aprobación. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- CAPÍTULO V
- Artículo 123. Objeto. 2 redacciones · cambió el 25/07/2019
- Artículo 124. Iniciativa.
- Artículo 125. Determinaciones.
- Artículo 126. Alcance de las determinaciones y condiciones. 2 redacciones · cambió el 25/07/2019
- Artículo 127. Documentación.
- Artículo 128. Procedimiento de aprobación.
- Artículo 129. Evaluación ambiental.
- Artículo 130. Efectos. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
- Artículo 131. Vigencia.
- Artículo 132. Subrogación en la posición jurídica del promotor.
- CAPÍTULO VI
- Sección 1
- Artículo 133. Instrumentos de ordenación urbanística.
- Artículo 134. Instrumentos complementarios.
- Artículo 135. Niveles de ordenación urbanística.
- Artículo 136. Ordenación urbanística estructural.
- Artículo 137. Ordenación urbanística pormenorizada. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 138. Estándares en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable.
- Artículo 139. Límites de la potestad de planeamiento urbanístico.
- Artículo 140. Contenido documental mínimo de los instrumentos de ordenación urbanística.
- Sección 2
- Artículo 141. Normas técnicas.
- Sección 3
- Artículo 142. Objeto y contenido.
- Artículo 143. Iniciativa.
- Artículo 144. Elaboración y aprobación.
- Sección 4
- Artículo 145. Planes parciales de ordenación.
- Artículo 146. Planes especiales de ordenación. 2 redacciones · cambió el 12/12/2025
- Artículo 147. Elaboración y aprobación.
- Artículo 148. Evaluación ambiental.
- Artículo 149. Plazo de aprobación de los instrumentos de desarrollo de iniciativa privada.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 150. Estudios de detalle.
- Artículo 151. Catálogos de protección.
- Artículo 152. Catálogos de impactos.
- Artículo 153. Ordenanzas municipales de urbanización y de edificación.
- Artículo 154. Ordenanzas provisionales insulares y municipales. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- CAPÍTULO VIII
- Sección 1
- Artículo 155. Entrada en vigor.
- Artículo 156. Efectos.
- Artículo 157. Publicidad.
- Artículo 158. Seguimiento.
- Sección 2
- Artículo 159. Clases de situaciones legales.
- Artículo 160. Régimen jurídico de cada situación. 4 redacciones · cambió el 27/01/2026
- Artículo 161. Rehabilitación de edificaciones con valores arquitectónicos o etnográficos.
- Sección 3
- Artículo 162. Vigencia.
- Artículo 163. Causas de modificación sustancial.
- Artículo 164. Causas de modificación menor.
- Artículo 165. Procedimiento de modificación.
- Artículo 166. Límites a las potestades de modificación.
- Artículo 167. Adaptación a los instrumentos de ordenación de los recursos naturales y del territorio.
- Artículo 168. Actuaciones excepcionales promovidas por el Gobierno autonómico. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 169. Objetivos de la ordenación de los espacios naturales protegidos.
- Artículo 170. Criterios para la ordenación de los espacios naturales protegidos.
- Artículo 171. Criterios para la restauración.
- CAPÍTULO II
- Artículo 172. Evaluación estratégica de planes y programas de carácter territorial que afecten a la Red Natura 2000.
- Artículo 173. Concurrencia de razones imperiosas de interés general.
- Artículo 174. Evaluación de impacto ambiental de proyectos que afecten a la Red Natura 2000. 2 redacciones · cambió el 25/07/2019
- CAPÍTULO III
- Artículo 175. Declaración de lugares que forman parte de la Red Natura 2000 y planes de protección y gestión.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 176. Protección de espacios naturales y declaración como tales.
- Artículo 177. Presupuestos de la declaración de parques y reservas naturales. 3 redacciones · cambió el 15/03/2023
- Artículo 178. Zonificación de los planes de ordenación de los recursos naturales.
- Artículo 179. Normas de declaración de los espacios naturales protegidos.
- Artículo 180. Régimen cautelar. 3 redacciones · cambió el 15/03/2023
- Artículo 181. Descalificación.
- Artículo 182. Señalización.
- Artículo 183. Zonas periféricas de protección.
- Artículo 184. Interés social a efectos expropiatorios y derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 185. Áreas de influencia socioeconómica.
- Sección 2
- Artículo 186. Patronatos insulares de espacios naturales protegidos.
- Artículo 187. Composición de los patronatos insulares.
- Artículo 188. Administración de parques naturales y reservas.
- Artículo 189. Administración de los parques rurales.
- Artículo 190. Juntas rectoras de parques.
- Artículo 191. Consejo de Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
- Artículo 192. Registro de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos y la Red Natura 2000.
- CAPÍTULO V
- Artículo 193. Colaboradores con el medioambiente y la sostenibilidad territorial.
- Artículo 194. Colaborador con el medio físico.
- Artículo 195. Protector del medio territorial de Canarias. 2 redacciones · cambió el 26/02/2019
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 196. Ámbitos de actuación pública y privada.
- Artículo 197. Contenido y desarrollo de la actividad de ejecución.
- Artículo 198. Organización temporal de la ejecución del planeamiento.
- Artículo 199. Transcurso de los plazos máximos.
- Artículo 200. Gestión propia y en régimen de cooperación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 201. Características y requisitos de las unidades de actuación.
- Artículo 202. Delimitación de las unidades de actuación.
- Artículo 203. Determinación de los sistemas de ejecución del planeamiento.
- Artículo 204. Modalidades de ejecución.
- Artículo 205. Elección del sistema de ejecución.
- Artículo 206. Afectación real de los terrenos al cumplimiento de las obligaciones urbanísticas.
- Artículo 207. Gastos de urbanización.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 208. Porcentajes para el establecimiento de los sistemas privados y reglas para computarlos.
- Artículo 209. Necesidad de contar con ordenación pormenorizada con carácter previo.
- Artículo 210. Legitimación para presentar la ordenación pormenorizada.
- Artículo 211. Requisitos para el ejercicio del sistema de ejecución empresarial.
- Artículo 212. Procedimiento para el establecimiento y adjudicación del sistema privado.
- Artículo 213. Documentación.
- Artículo 214. Datos a consignar en la solicitud.
- Artículo 215. Contenido de la memoria de gestión.
- Artículo 216. Bases de actuación del sistema y estatutos de la entidad de gestión.
- Artículo 217. Proyecto de reparcelación.
- Artículo 218. Convenio urbanístico de gestión.
- Artículo 219. Facultades del adjudicatario del sistema privado.
- Artículo 220. Sustitución o cambio de los sistemas de ejecución privada.
- Artículo 221. Reclasificación a suelo rústico.
- Sección 2
- Artículo 222. Características del sistema de ejecución.
- Artículo 223. Forma de gestión del sistema.
- Artículo 224. Sociedad mercantil.
- Sección 3
- Artículo 225. Concepto.
- Artículo 226. Definitiva determinación de los propietarios integrados en el sistema.
- Artículo 227. Junta de compensación.
- Artículo 228. Transmisión de terrenos y poder fiduciario.
- Artículo 229. Expropiación en el sistema de compensación.
- Artículo 230. Singularidades del proyecto de reparcelación.
- Sección 4
- Artículo 231. Oferta de compra previa o de incorporación a sociedad mercantil.
- Artículo 232. Características del sistema de ejecución.
- Artículo 233. Forma de gestión del sistema.
- Artículo 234. Situación expropiable.
- Artículo 235. Incorporación a la gestión y liberación de la expropiación.
- Artículo 236. Opciones frente al rechazo de la oferta de compra o de incorporación.
- Artículo 237. Entidad de tenencia de bienes.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 238. Concepto.
- Artículo 239. Necesidad de proyecto de reparcelación.
- Artículo 240. Asociación administrativa de propietarios para cooperar.
- Artículo 241. Forma de gestión del sistema.
- Artículo 242. Modalidades de pago de los gastos de urbanización.
- Sección 2
- Artículo 243. Características del sistema de ejecución.
- Artículo 244. Relación de propietarios y descripción de bienes y derechos.
- Artículo 245. Bienes de dominio público.
- Artículo 246. Forma de gestión del sistema.
- Artículo 247. Justiprecio.
- Artículo 248. Liberación de la expropiación.
- Artículo 249. Procedimiento.
- Artículo 250. Procedimiento de tasación conjunta.
- Sección 3
- Artículo 251. Características del sistema de ejecución.
- Artículo 252. Forma de gestión.
- Artículo 253. Declaración del incumplimiento y sustitución del sistema por el de ejecución forzosa.
- Artículo 254. Contenido y efectos de la resolución que determine el sistema de ejecución forzosa.
- Artículo 255. Ocupación y disposición de bienes y ejecución de las obras de urbanización.
- Artículo 256. Liquidación de la actuación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 257. Forma de ejecución de los sistemas generales.
- Artículo 258. Expropiación por demora en el deber de adquirir el suelo de sistemas generales.
- Artículo 259. Actuaciones urbanísticas aisladas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 260. Edificación de parcelas y solares.
- Artículo 261. Presupuestos de la edificación.
- Artículo 262. Sustitución del propietario y expropiación por incumplimiento de la función social.
- Artículo 263. Concurso para la sustitución del propietario a efectos de edificación.
- Artículo 264. Efectos de la aprobación.
- Artículo 265. Incumplimiento de la persona adjudicataria del concurso.
- CAPÍTULO VII
- Sección 1
- Artículo 266. Deber de conservación de las obras de urbanización.
- Artículo 267. Recepción de las obras de urbanización. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Sección 2
- Artículo 268. Deber de conservación.
- Artículo 269. Inspección técnica de edificaciones.
- Artículo 270. Situación legal de ruina.
- Artículo 271. Ruina inminente.
- Artículo 272. Órdenes de ejecución de obras de conservación o de intervención.
- Artículo 273. Intervención en edificaciones con valores culturales.
- Artículo 274. Incoación.
- CAPÍTULO VIII
- Sección 1
- Artículo 275. Parcelación. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 276. Parcelación urbanística.
- Artículo 277. Indivisibilidad de fincas, unidades, parcelas y solares.
- Artículo 278. Régimen de las parcelaciones urbanísticas.
- Sección 2
- Artículo 279. Reparcelación urbanística: concepto.
- Artículo 280. Reparcelación urbanística: objetos.
- Artículo 281. Efecto de la delimitación de las unidades de actuación.
- Artículo 282. Procedimiento para aprobar la reparcelación.
- Artículo 283. Inscripción registral del proyecto de reparcelación.
- Artículo 284. Exenciones fiscales.
- Artículo 285. Criterios para la reparcelación.
- Artículo 286. Reparcelación económica.
- Artículo 287. Aplicación supletoria de las normas expropiatorias.
- Sección 3
- Artículo 288. Concepto, principios, objeto y límites.
- Artículo 289. Memoria justificativa.
- Artículo 290. Contenido de los convenios.
- Artículo 291. Celebración y perfeccionamiento de los convenios.
- Artículo 292. Competencia para la aprobación de los convenios.
- Artículo 293. Publicidad de los convenios: registro centralizado de convenios urbanísticos.
- Artículo 294. Alcance y límites de los convenios.
- Sección 4
- Artículo 295. Proyectos de urbanización y de ejecución de sistemas.
- Sección 5
- Artículo 296. Constitución y gestión.
- Artículo 297. Bienes integrantes.
- Artículo 298. Reservas de terreno.
- Artículo 299. Destino de los bienes.
- Artículo 300. Enajenación de los bienes.
- Sección 6
- Artículo 301. Régimen de los derechos de tanteo y retracto.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 302. Clases de actuaciones.
- Artículo 303. Clases de iniciativa y personas promotoras.
- Artículo 304. Personas obligadas.
- Sección 2
- Artículo 305. Memoria de viabilidad económica.
- Artículo 306. Cobertura urbanística.
- Artículo 307. Delimitación y ordenación por programas de actuación sobre el medio urbano.
- Sección 3
- Artículo 308. Adjudicación de las actuaciones sobre el medio urbano.
- Artículo 309. Elección del modo de gestión.
- Artículo 310. Derechos de realojo y retorno.
- Artículo 311. Convenios para financiar la actuación y de cooperación.
- Artículo 312. Adjudicación de obras sobre el medio urbano.
- CAPÍTULO II
- Artículo 313. Deberes del adjudicatario de las actuaciones.
- Artículo 314. Modulaciones del deber de entrega y formas alternativas de cumplimiento.
- Artículo 315. Modalidades de las actuaciones de dotación.
- Artículo 316. Derechos y deberes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 317. Actuaciones sobre asentamientos.
- Artículo 318. Exención de deberes en zonas con alto grado de degradación e infravivienda.
- TÍTULO VII
- Artículo 319. Supuestos expropiatorios. 2 redacciones · cambió el 20/02/2024
- Artículo 320. Ocupación: requisitos en caso de urgencia.
- Artículo 321. Fijación definitiva en vía administrativa del justiprecio.
- Artículo 322. Mutuo acuerdo.
- Artículo 323. Inactividad administrativa en la expropiación.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 324. Alcance y principios.
- Artículo 325. Competencia y colaboración.
- Artículo 326. De la inspección urbanística.
- Artículo 327. De la legitimación para el ejercicio de acciones en defensa de la legalidad urbanística.
- Artículo 328. Cédula urbanística.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 329. Delimitación.
- Artículo 330. Actuaciones sujetas a licencia. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 331. Actuaciones amparadas por otro título habilitante. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 332. Actuaciones sujetas a comunicación previa. 4 redacciones · cambió el 25/06/2024
- Artículo 333. Actuaciones exentas. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 334. Actuaciones promovidas por las administraciones públicas.
- Artículo 335. Títulos habilitantes previos.
- Artículo 336. Contratación de servicios con las empresas suministradoras.
- Artículo 337. Publicidad de las obras de construcción, edificación y urbanización.
- Artículo 338. Información en portal de internet.
- Sección 2
- Artículo 339. Objeto y normativa aplicable.
- Artículo 340. Competencia.
- Artículo 341. Contenido y efectos.
- Artículo 342. Procedimiento para el otorgamiento de licencias. 4 redacciones · cambió el 22/04/2025
- Artículo 343. Plazo para resolver. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 344. Silencio administrativo negativo. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 345. Silencio administrativo positivo.
- Artículo 346. Replanteo y comienzo de las obras. 2 redacciones · cambió el 22/04/2025
- Artículo 347. Eficacia temporal de las licencias.
- Artículo 348. Transmisión de licencias.
- Sección 3
- Artículo 349. Requisitos y normativa aplicable. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 350. Efectos. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO I
- Artículo 351. Mecanismos de protección de la legalidad urbanística.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 352. Competencia.
- Artículo 353. Incoación.
- Artículo 354. Instrucción.
- Artículo 355. Resolución.
- Artículo 356. Caducidad.
- Sección 2
- Artículo 357. Principios rectores.
- Artículo 358. Clasificación.
- Artículo 359. Ejecutividad de las órdenes de restablecimiento.
- Artículo 360. Ejecutividad de las órdenes de restablecimiento condicionadas a la legalización de actuaciones.
- Artículo 361. Plazos para su ejercicio.
- Artículo 362. Régimen jurídico de la situación de fuera de ordenación.
- Sección 3
- Artículo 363. Presupuesto, procedimiento y eficacia.
- Artículo 364. En actuaciones en curso de ejecución carentes de título habilitante.
- Artículo 365. En actuaciones en curso de ejecución sin ajustarse a las determinaciones del título habilitante.
- Artículo 366. En actuaciones sujetas a comunicación previa, no iniciadas o en curso de ejecución.
- Artículo 367. En actuaciones constructivas o transformadoras del terreno ya ejecutadas y en usos ya establecidos.
- Sección 4
- Artículo 368. Medidas de ejecución forzosa y causa expropiatoria.
- CAPÍTULO III
- Artículo 369. Revisión de licencias y actos autorizatorios.
- Artículo 370. Efectos de la revisión de licencias y actos autorizatorios.
- TÍTULO X
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 371. Concepto de infracción.
- Artículo 372. Tipos generales de infracciones. 4 redacciones · cambió el 22/04/2025
- Artículo 373. De las sanciones aplicables a los tipos básicos.
- Sección 2
- Artículo 374. Aplicación del régimen especial.
- Artículo 375. Parcelaciones urbanísticas en suelo urbano o urbanizable.
- Artículo 376. Parcelaciones urbanísticas en suelo rústico.
- Artículo 377. Restantes parcelaciones urbanísticas.
- Artículo 378. Obras de urbanización e implantación de servicios sin la cobertura de títulos habilitantes.
- Artículo 379. Incumplimiento en materia de ejecución.
- Artículo 380. Incumplimiento de las obligaciones de conservación de obras de urbanización.
- Artículo 381. Obras en parcelas y solares edificables.
- Artículo 382. Obras en espacios especialmente protegidos.
- Artículo 383. Alteración de usos. 2 redacciones · cambió el 12/12/2025
- Artículo 384. Publicidad en el emplazamiento de las obras.
- Artículo 385. Atentados a bienes histórico-culturales
- Artículo 386. Extracción de áridos.
- Artículo 387. Movimientos de tierras y abancalamientos.
- Artículo 388. Vertidos, depósitos y abandono de materiales y residuos.
- Artículo 389. Omisión del deber de conservación de invernaderos.
- Artículo 390. Instalaciones de telecomunicación y conducción de energía.
- Artículo 391. Carteles y otros soportes de publicidad y propaganda.
- Artículo 392. Actos en espacios naturales protegidos o sus zonas periféricas de protección.
- Sección 3
- Artículo 393. Concurrencia de hechos infractores.
- Artículo 394. Concurrencia de tipos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 395. Personas responsables. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Artículo 396. Exclusión de beneficio económico.
- Artículo 397. De las circunstancias agravantes, atenuantes y mixtas.
- Artículo 398. Graduación de las sanciones.
- Artículo 399. Carácter independiente de las multas.
- Artículo 400. Reducción de la sanción.
- Artículo 401. Aplazamiento y fraccionamiento.
- Artículo 402. Destino del importe de las sanciones.
- Artículo 403. Infracciones amparadas en actos administrativos.
- Artículo 404. Responsabilidad patrimonial por la infracción.
- CAPÍTULO III
- Artículo 405. Competencia para incoar, instruir y resolver.
- Artículo 406. Ejercicio de la potestad sancionadora.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 407. Plazos de prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 408. Inicio del cómputo de prescripción de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Evaluación ambiental de proyectos. 4 redacciones · cambió el 22/04/2025
- Disposición adicional segunda. Edificaciones existentes a la entrada en vigor de la Ley 9/1999.
- Disposición adicional tercera. Aplicación de normas sobre inspección técnica de edificaciones.
- Disposición adicional cuarta. Planes y programas sectoriales con impacto territorial.
- Disposición adicional quinta. Catálogo relativo a edificaciones no amparadas por el planeamiento.
- Disposición adicional sexta. Sobre el anexo cartográfico.
- Disposición adicional séptima. Información geográfica y Sistema de Información Territorial de Canarias. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Disposición adicional octava. Clasificación y descalificación de espacios naturales protegidos.
- Disposición adicional novena. Del funcionariado coadyuvante en las funciones de inspección encomendadas a la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural.
- Disposición adicional décima. Planes previstos en otras leyes protectoras del territorio y de los recursos naturales.
- Disposición adicional decimoprimera. Censo de edificaciones en el demanio marítimo-terrestre y zona de servidumbre.
- Disposición adicional decimosegunda. Inaplicación de la unidad mínima de cultivo en asentamientos.
- Disposición adicional decimotercera. Deslinde y amojonamiento en espacios naturales protegidos.
- Disposición adicional decimocuarta. Traslado total o parcial de núcleos de población para recuperación del litoral y otras zonas de interés.
- Disposición adicional decimoquinta. Suelos urbanizables o aptos para urbanizar en planeamiento general no adaptado. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
- Disposición adicional decimosexta. Ejecución de sistemas generales en suelo urbanizable no ordenado.
- Disposición adicional decimoséptima. Usos complementarios de las explotaciones de flores y plantas.
- Disposición adicional decimoctava. Régimen de los observatorios astrofísicos de Canarias.
- Disposición adicional decimonovena. Directrices de ordenación general del suelo agrario. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Disposición adicional vigésima. Suficiencia financiera.
- Disposición adicional vigesimoprimera. Interés general autonómico de los sistemas de vigilancia de riesgos naturales con sede en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Disposición adicional vigesimosegunda. Órdenes de ejecución en materia de ganadería. 2 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Disposición adicional vigesimotercera. Legalización territorial de explotaciones ganaderas. 4 redacciones · cambió el 15/03/2023
- Disposición adicional vigesimocuarta. Recuperación del uso agrícola en parcelas que hubieran sido cultivadas.
- Disposición adicional vigesimoquinta. Ocupación de la superficie de la cubierta de edificaciones con placas solares fotovoltaicas. 2 redacciones · cambió el 27/01/2026
- Disposición adicional vigesimosexta [sic]. Declaración de ruina de edificaciones afectadas por una erupción volcánica.
- Disposición adicional vigesimoséptima. Delimitación y ordenación del suelo rústico de asentamiento rural en los municipios de menos de 10.000 habitantes ante el reto demográfico.
- Disposición adicional vigesimoctava. Pavimentación de vías municipales abiertas al uso público.
- Disposición transitoria primera. Reclasificación de suelos urbanizables no sectorizados.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de los instrumentos de ordenación en vigor.
- Disposición transitoria tercera. Equiparación de categorías de suelo rústico.
- Disposición transitoria cuarta. Autorización de usos de interés público o social en suelo rústico: expedientes en trámite.
- Disposición transitoria quinta. Ordenanzas insulares sobre usos homogéneos en suelo rústico.
- Disposición transitoria sexta. Instrumentos de ordenación en trámite. 3 redacciones · cambió el 27/12/2021
- Disposición transitoria séptima. Evaluación ambiental de instrumentos de ordenación en trámite. 5 redacciones · cambió el 16/12/2025
- Disposición transitoria octava. Aplicación de las normas técnicas de planeamiento.
- Disposición transitoria novena. Instrumentos de ejecución del planeamiento en trámite.
- Disposición transitoria décima. Reclasificación de suelos urbanizables a rústicos.
- Disposición transitoria decimoprimera. Aplicación de la obligación de subrogación de la persona beneficiaria en la expropiación por imperativo de la ley.
- Disposición transitoria decimosegunda. Licencias o títulos equivalentes en tramitación.
- Disposición transitoria decimotercera. Solicitudes de licencia de actuaciones sujetas a comunicación previa o exentas de control administrativo previo.
- Disposición transitoria decimocuarta. Edificios que cuenten con uno de los informes técnicos.
- Disposición transitoria decimoquinta. Procedimientos sancionadores en trámite.
- Disposición transitoria decimosexta. Procedimientos de restablecimiento de la legalidad urbanística y órdenes de restablecimiento en ejecución.
- Disposición transitoria decimoséptima. Expropiaciones por imperativo legal.
- Disposición transitoria decimoctava. Recepción de urbanizaciones.
- Disposición transitoria decimonovena. Clasificación y calificación urbanísticas hasta la aprobación definitiva de los instrumentos de ordenación de los espacios naturales protegidos.
- Disposición transitoria vigésima. Suspensión de la ejecutoriedad de las órdenes de demolición.
- Disposición transitoria vigesimoprimera. Comisión de Valoraciones de Canarias.
- Disposición transitoria vigesimosegunda. Comisión de Ordenación del Territorio y Medioambiente de Canarias.
- Disposición transitoria vigesimotercera. Procedimiento de resolución de conflictos.
- Disposición transitoria vigesimocuarta. Procedimientos de restablecimiento de la legalidad urbanística.
- Disposición transitoria vigesimoquinta. Régimen transitorio de la distribución de competencias prevista en los artículos 177.1 y 180.3 de esta ley. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 3 redacciones · cambió el 25/06/2024
- Disposición final primera. Correspondencia de conceptos con la normativa derogada.
- Disposición final segunda. De modificación de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.
- Disposición final tercera. De modificación de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo.
- Disposición final cuarta. De modificación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
- Disposición final quinta. De modificación de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias.
- Disposición final sexta. De modificación de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.
- Disposición final séptima. De modificación de la Ley 2/2016, de 27 de septiembre, para la modificación de la Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.
- Disposición final octava. De modificación de la Ley 6/2002, de 12 de junio, de Medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.
- Disposición final novena. De modificación del Anexo de Reclasificación de los espacios naturales de Canarias, contenido en el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.
- Disposición final décima. Entrada en vigor.
- Disposición final decimoprimera. Autorización al Gobierno.
- ANEXO
- Firma
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