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Legislación › Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

Artículo 376. Parcelaciones urbanísticas en suelo rústico.

Artículo 376. Parcelaciones urbanísticas en suelo rústico.

1. Se califican como muy graves y se sancionarán con multa de 150.000 a 300.000 euros las parcelaciones urbanísticas en suelo rústico protegido por razones ambientales contraviniendo la ordenación aplicable.

2. Se califican como graves y se sancionarán con multa de 60.000 a 150.000 euros las parcelaciones urbanísticas en las restantes categorías de suelo rústico, contraviniendo la ordenación territorial y urbanística aplicable.

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