LexTotal

Legislación › Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

Artículo 318. Exención de deberes en zonas con alto grado de degradación e infravivienda.

Artículo 318. Exención de deberes en zonas con alto grado de degradación e infravivienda.

Los instrumentos de planeamiento urbanístico previstos en la presente ley podrán eximir del cumplimiento de los deberes de entregas de suelo en zonas con alto grado de degradación e infravivienda en las condiciones previstas en la legislación estatal del suelo.

← Artículo 317 Índice Artículo 319 →