Legislación › Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
Disposición adicional segunda. Día de las Policías Locales de Extremadura.
Disposición adicional segunda. Día de las Policías Locales de Extremadura.
La Consejería competente en materia de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, a propuesta de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, determinará y regulará el día y los actos protocolarios para la celebración del Día de las Policías Locales de Extremadura.
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