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Legislación › Ley 2/2017, de 27 de junio, de declaración del Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos.

Artículo 15. Colaboración y coordinación interadministrativa.

Artículo 15. Colaboración y coordinación interadministrativa.

1. El Gobierno de las Illes Balears promoverá los instrumentos de colaboración con las administraciones estatal, insular y locales necesarios para garantizar la continuidad de la protección del parque y de su entorno terrestre y marino.

2. El Gobierno de las Illes Balears coordinará las actuaciones del Consejo Insular de Mallorca y los ayuntamientos de Campos y de Ses Salines, en los términos y casos previstos en la legislación vigente.

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