Legislación › Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears.
Disposición adicional cuarta. Género de las denominaciones.
Disposición adicional cuarta. Género de las denominaciones.
Todas las denominaciones que en esta ley aparecen en género masculino se entenderán referidas indistintamente al género masculino o femenino.
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