Legislación › Ley 8/2017, de 19 de septiembre, de perros de asistencia de La Rioja.
Disposición final quinta. Adaptación de las ordenanzas municipales.
Disposición final quinta. Adaptación de las ordenanzas municipales.
Las entidades locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, adaptarán sus ordenanzas municipales sobre la materia a las normas contenidas en la presente ley en el plazo de un año a partir de la publicación de esta ley.


