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Real Decreto 903/2017, de 13 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 14 de octubre de 2017 · Último cambio el 25 de agosto de 2018 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 25/08/2018
  2. [preambulo]
  3. Artículo 1. Organización general del Departamento.
  4. Artículo 2. Adscripción y tutela de entidades del sector público institucional.
  5. Artículo 3. Secretaría de Estado de Energía.
  6. Artículo 4. Dirección General de Política Energética y Minas.
  7. Artículo 5. Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
  8. Artículo 6. Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.
  9. Artículo 7. Secretaría de Estado de Turismo.
  10. Artículo 8. Subsecretaría de Energía, Turismo y Agenda Digital.
  11. Artículo 9. Secretaría General Técnica.
  12. Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
  13. Disposición adicional segunda. Integración de personal y medios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y ejercicio efectivo de funciones, en materia de telecomunicaciones.
  14. Disposición adicional tercera. Integración de personal y medios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y ejercicio efectivo de funciones, en materia de energía.
  15. Disposición adicional cuarta. Desconcentración.
  16. Disposición adicional quinta. Delegación de competencias.
  17. Disposición adicional sexta. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
  18. Disposición adicional séptima. Supresión de divisiones.
  19. Disposición adicional octava. Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES).
  20. Disposición adicional novena. Consolidación unidades TIC.
  21. Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
  22. Disposición transitoria segunda. Órganos colegiados de contratación.
  23. Disposición transitoria tercera. Desempeño transitorio de funciones por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en materia de telecomunicaciones.
  24. Disposición transitoria cuarta. Desempeño transitorio de funciones por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en materia de energía.
  25. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  26. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas.
  27. Disposición final segunda. Modificación del Estatuto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, aprobado por Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo.
  28. Disposición final tercera. Modificación del Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, aprobado por Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero.
  29. Disposición final cuarta. Modificación del Estatuto del Instituto de Turismo de España, aprobado por Real Decreto 425/2013, de 14 de junio.
  30. Disposición final quinta. Modificación del Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE), aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero.
  31. Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas.
  32. Disposición final séptima. Adecuación de la denominación del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
  33. Disposición final octava. No incremento del gasto público.
  34. Disposición final novena. Desarrollo y ejecución.
  35. Disposición final décima. Modificaciones presupuestarias.
  36. Disposición final undécima. Entrada en vigor.
  37. [firma]