LexTotal

Legislación › Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia.

Artículo 33. Asesoramiento y colaboración con la Administración local.

Artículo 33. Asesoramiento y colaboración con la Administración local.

La Administración general de la Comunidad Autónoma prestará asesoramiento y colaboración técnica para la adecuada ejecución por las administraciones locales de las actuaciones de divulgación y formación en materia de protección de los animales.

← Artículo 32 Índice Artículo 34 →