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Legislación › Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia.

Disposición adicional segunda. Efecto desestimatorio del silencio.

Disposición adicional segunda. Efecto desestimatorio del silencio.

En los procedimientos administrativos relativos a las solicitudes que se indican a continuación, vencido el plazo establecido sin que se haya notificado resolución expresa, las personas interesadas pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo en:

– Las solicitudes de autorización de los establecimientos del artículo 10 de la presente ley.

– Las solicitudes para la declaración como entidad colaboradora de la Administración de las asociaciones de protección y defensa de los animales.

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