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Legislación › Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. Queda derogada la Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de los animales domésticos y salvajes en cautividad, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en la presente ley.

2. El Decreto 153/1998, de 2 de abril, por el que se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de los animales domésticos y salvajes en cautividad, permanecerá vigente en lo que no se oponga a la presente ley, en tanto en cuanto no se apruebe su normativa de desarrollo.

3. El Decreto 90/2002, de 28 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Galicia y se crean los registros gallegos de Identificación de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos y de Adiestradores Caninos, permanecerá vigente en lo que no se oponga a la presente ley.

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