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Legislación › Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de reconocimiento y atención a las víctimas del terrorismo en Castilla y León.

Artículo 19. Medidas urgentes.

Artículo 19. Medidas urgentes.

Desde el momento en que se produzca un acto terrorista en la Comunidad de Castilla y León o fuera de ella, respecto de ciudadanos con la condición política de castellano y leonés, desde la consejería que corresponda, se activarán todos los medios para facilitar las primeras asistencias de cualquier índole que puedan precisar las víctimas.

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