Legislación › Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Artículo 33. Beneficiarios de las ayudas a la consolidación de organizaciones profesionales y a la reestructuración de OPP y AOP.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de noviembre de 2017 y la del 19 de octubre de 2023.
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Artículo 33. Beneficiarios de las ayudas a la creación consolidación de organizaciones profesionales y a la reestructuración de OPP y AOP.
Podrán ser Son beneficiarios de estas ayudas: las organizaciones profesionales de ámbito nacional y
a) Para la creación,transnacional, transnacional que cumplan lo establecido en el artículo 6 del presente real decreto, y el resto de requisitos para su válida constitución, en particular estar dadas de alta ya sea en el Registro de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores o en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias establecido en el artículo 14 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, según proceda, cuyo ámbito de actuación se supere el ámbito de actuación de una comunidad autónoma. normativa nacional pertinente conforme al artículo 9.a).
b) Para la reestructuración, las OPP y las AOP dadas de alta en el Registro de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores siempre que el ámbito de actuación de la entidad resultante supere el de una comunidad autónoma.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de octubre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-21477 | Leer | Qué cambió |
| 5 de noviembre de 2017 | Texto original | Leer |


