Legislación › Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 30. Evaluación de los instrumentos de ordenación territorial.
Artículo 30. Evaluación de los instrumentos de ordenación territorial.
Los instrumentos de ordenación territorial serán sometidos a los procedimientos de evaluación ambiental y territorial a los que estén obligados por la normativa que a tal efecto sea aplicable.


