Legislación › Real Decreto-ley
Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre, de cuentas de pago básicas, traslado de cuentas de pago y comparabilidad de comisiones.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 25 de noviembre de 2017 · Último cambio el 25 de noviembre de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Derecho de acceso a una cuenta de pago básica.
- Artículo 4. Denegación del acceso a una cuenta de pago básica.
- Artículo 5. Notificación de la denegación del acceso a una cuenta de pago básica.
- Artículo 6. Resolución de los contratos de cuentas de pago básicas.
- Artículo 7. Notificación de la resolución de los contratos de cuentas de pago básicas.
- Artículo 8. Servicios asociados a las cuentas de pago básicas.
- Artículo 9. Comisiones y gastos asociados.
- Artículo 10. Información general sobre cuentas de pago básicas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Servicio de traslado de cuentas de pago.
- Artículo 12. Denegación de la transferencia de saldo
- Artículo 13. Procedimiento para el traslado de cuentas de pago
- Artículo 14. Perjuicio financiero del cliente.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Servicios más representativos asociados a una cuenta de pago.
- Artículo 16. Documento informativo de comisiones.
- Artículo 17. Estado de comisiones.
- Artículo 18. Sitio web de comparación del Banco de España.
- Artículo 19. Otros sitios web de comparación.
- Artículo 20. Información a los clientes.
- CAPÍTULO V
- Artículo 21. Régimen sancionador.
- Artículo 22. Autoridad competente y régimen de cooperación.
- Disposición adicional primera. Instituto de Crédito Oficial.
- Disposición adicional segunda. Procedimientos de reclamación extrajudicial.
- Disposición transitoria única. Periodo de adaptación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


