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Legislación › Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

Artículo 20. No sujeción.

Artículo 20. No sujeción.

No estarán sujetos al impuesto los elementos fijos de transporte y suministro de energía eléctrica o de redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas que se encuentren soterrados.

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