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Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.
En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 28 de noviembre de 2017 · Último cambio el 30 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 3. Creación, naturaleza y finalidad.
- Artículo 4. Definiciones.
- Sección 2
- Artículo 5. Hecho imponible.
- Artículo 6. Exenciones.
- Sección 3
- Artículo 7. Contribuyentes.
- Artículo 8. Sustitutos de los contribuyentes.
- Sección 4
- Artículo 9. Base imponible.
- Artículo 10. Determinación de la base imponible.
- Artículo 11. Tipo de gravamen y cuota tributaria.
- Sección 5
- Artículo 12. Devengo.
- Sección 6
- Artículo 13. Repercusión del impuesto y obligación de declarar.
- Artículo 14. Liquidación provisional.
- Artículo 15. Gestión e inspección.
- Artículo 16. Normas específicas de gestión del impuesto.
- Artículo 17. Normas especiales aplicables a la entrega de residuos para su gestión en planta de tratamiento.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 18. Naturaleza y finalidad del impuesto. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Sección 2
- Artículo 19. Hecho imponible. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Artículo 20. No sujeción.
- Artículo 21. Exenciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Sección 3
- Artículo 22. Obligados tributarios. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Sección 4
- Artículo 23. Base imponible. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Artículo 24. Determinación de la base imponible en el método de estimación directa.
- Artículo 25. Método de estimación indirecta.
- Sección 5
- Artículo 26. Cuota tributaria. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Sección 6
- Artículo 27. Periodo impositivo y devengo del impuesto. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Sección 7
- Artículo 28. Obligaciones formales y deber de colaboración. 3 redacciones · cambió el 30/12/2025
- Artículo 29. Liquidación y pago del impuesto.
- Artículo 30. Plazos de presentación.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 31. Escala autonómica. 5 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 31 bis. Modificación del mínimo por descendientes discapacitados.
- Artículo 31 ter. Deflactación del tramo autonómico de la tarifa del IRPF y de los importes correspondientes a los mínimos personal y familiar.
- Artículo 32. Deducciones autonómicas a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas. 9 redacciones · cambió el 30/12/2025
- CAPÍTULO II
- Artículo 33. Mínimo exento. 5 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Artículo 33 bis. Bonificación general.
- Artículo 33 ter. Deducción por aportaciones a la constitución o ampliación de la dotación a fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 2 redacciones · cambió el 30/12/2025
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 34. Reducciones en las adquisiciones mortis causa.
- Artículo 35. Reducciones propias de la Comunidad Autónoma de La Rioja en las adquisiciones de empresas individuales, negocios profesionales, participaciones en entidades, explotaciones agrarias, fincas rústicas y vivienda habitual. 5 redacciones · cambió el 30/12/2025
- Artículo 36. Incompatibilidad entre reducciones. 2 redacciones · cambió el 28/12/2021
- Artículo 37. Deducciones autonómicas para adquisiciones mortis causa por sujetos incluidos en los grupos I y II. 4 redacciones · cambió el 08/02/2024
- Artículo 37 bis. Deducciones autonómicas en adquisiciones mortis causa para convivientes.
- Sección 2
- Artículo 38. Reducciones en las adquisiciones inter vivos.
- Artículo 39. Reducciones propias de la Comunidad Autónoma de La Rioja en las adquisiciones de empresas individuales, negocios profesionales, participaciones en entidades, explotaciones agrarias, fincas rústicas y en las donaciones objeto de micromecenazgo. 5 redacciones · cambió el 30/12/2025
- Artículo 40. Incompatibilidad entre reducciones. 2 redacciones · cambió el 28/12/2021
- Artículo 41. Deducción en adquisiciones inter vivos. 6 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Artículo 41 bis. Simplificación de las obligaciones formales para las donaciones objeto de micromecenazgo.
- Sección 3
- Artículo 42. Grupos de parentesco. 4 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Artículo 43. Deducción en las donaciones dinerarias de padres a hijos por creación de nuevas empresas y promoción de empleo y autoempleo. 2 redacciones · cambió el 31/01/2018
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 44. Tipo impositivo general en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas.
- Artículo 45. Tipos impositivos reducidos en la adquisición de vivienda habitual. 6 redacciones · cambió el 03/03/2025
- Artículo 46. Tipo reducido aplicable a la adquisición de bienes culturales. 3 redacciones · cambió el 29/04/2021
- Artículo 47. Tipo impositivo superreducido aplicable a las transmisiones onerosas de explotaciones agrarias y fincas rústicas. 3 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 47 bis. Bonificación en la cuota por arrendamiento de fincas rústicas.
- Sección 2
- Artículo 48. Tipo de gravamen general para documentos notariales.
- Artículo 49. Tipo impositivo reducido y deducción en la cuota para los documentos notariales de adquisición de vivienda para destinarla a vivienda habitual. 5 redacciones · cambió el 03/03/2025
- Artículo 50. Deducción en determinadas operaciones de subrogación y modificación de préstamos y créditos hipotecarios. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 51. Tipo reducido aplicable a las sociedades de garantía recíproca.
- Artículo 52. Tipo impositivo incrementado aplicable a las escrituras notariales que formalicen transmisiones de inmuebles en las que se realiza la renuncia a la exención en el impuesto sobre el valor añadido.
- Artículo 53. Documentos presentados a liquidación por actos jurídicos documentados a los que sea de aplicación el artículo 20.Uno.22.ºA.c) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Artículo 53 bis. Deducción aplicable a las agregaciones, agrupaciones y segregaciones para posterior agregación o agrupación de fincas rústicas.
- Sección 3
- Artículo 54. Obligación formal de los empresarios dedicados a la compraventa de objetos fabricados con metales preciosos y presentación telemática. 2 redacciones · cambió el 01/02/2021
- Artículo 55. Suministro de información por las entidades que realicen subastas de bienes muebles.
- CAPÍTULO V
- Artículo 56. Presentación telemática obligatoria. 2 redacciones · cambió el 01/02/2021
- CAPÍTULO V
- Artículo 57. Suspensión en el procedimiento de tasación pericial contradictoria.
- Artículo 58. Concepto de vivienda habitual a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones y del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. 2 redacciones · cambió el 31/01/2018
- Artículo 58 bis. Adquisición de la vivienda habitual.
- Artículo 59. Obligaciones formales de los notarios en los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. 2 redacciones · cambió el 30/12/2025
- Artículo 60. Suministro de información por los registradores de la propiedad y mercantiles.
- Artículo 61. Información sobre valores.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 62. Previsiones normativas de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, en relación con los tributos sobre el juego.
- Sección 1
- Artículo 63. Base imponible. 3 redacciones · cambió el 31/01/2020
- Artículo 64. Tipos tributarios y cuotas fijas. 4 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 65. Tipos y cuotas reducidos. 3 redacciones · cambió el 31/01/2020
- Artículo 66. Devengo. 2 redacciones · cambió el 01/02/2021
- Artículo 67. Gestión.
- Artículo 68. Pago e ingreso.
- Artículo 69. Obligaciones formales.
- Sección 2
- Artículo 70. Base imponible.
- Artículo 71. Exenciones.
- Artículo 72. Tipos y cuotas tributarios.
- Artículo 73. Devengo.
- Artículo 74. Pago e ingreso.
- TÍTULO III
- Artículo 75. Requisitos para la acreditación del pago y presentación de los tributos regulados en esta ley.
- Artículo 76. Habilitación para desarrollo reglamentario. 2 redacciones · cambió el 01/02/2021
- Artículo 77. Defensoría del contribuyente riojano.
- Disposición adicional primera. Suspensión de la aplicación del impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos de La Rioja.
- Disposición adicional segunda. Deducción para paliar la subida de intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda habitual. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Disposición adicional tercera. Incompatibilidad de las deducciones autonómica y estatal por adquisición de vehículo eléctrico. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Disposición adicional cuarta. Inaplicabilidad de bonificación en el impuesto sobre el patrimonio.
- Disposición adicional quinta. Líneas de evacuación de instalaciones de producción de energía eléctrica.
- Disposición adicional sexta. Régimen censal de obligados tributarios del previo impuesto sobre el impacto visual y medioambiental producido por los elementos de suministro de energía eléctrica y elementos fijos de redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas.
- Disposición adicional séptima. Interpretación de las medidas fiscales de apoyo al medio rural.
- Disposición adicional octava. Modificación del anexo I.
- Disposición transitoria primera. Deducciones autonómicas a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas, que se mantienen para quienes las hubieran consolidado. 4 redacciones · cambió el 01/02/2021
- Disposición transitoria segunda. Requisitos de aplicación de las deducciones autonómicas a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas, reguladas en la disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria tercera. Aplicación de las normas autonómicas del impuesto sobre la renta de las personas físicas. 2 redacciones · cambió el 31/01/2018
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


