Legislación › Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.
Artículo 54. Obligación formal de los empresarios dedicados a la compraventa de objetos fabricados con metales preciosos y presentación telemática.
Artículo 54. Obligación formal de los empresarios dedicados a la compraventa de objetos fabricados con metales preciosos y presentación telemática.
Aquellos empresarios que adquieran objetos fabricados con metales preciosos y que estén obligados a la llevanza de los libros-registro a los que hace referencia el artículo 91 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos, declararán conjuntamente todas las operaciones sujetas a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados devengadas en el mes natural. Para ello, presentarán una única autoliquidación, acompañando fotocopias de aquellas hojas del libro-registro selladas por la autoridad competente que comprendan las operaciones realizadas en el mes natural y un documento en el que se consignen las operaciones relevantes para la autoliquidación.
Dicha autoliquidación debe presentarse por medios telemáticos, en los términos regulados por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y legislación concordante en la materia.
El plazo de ingreso y presentación de la autoliquidación será el mes natural inmediato posterior al que se refieran las operaciones declaradas.
Se modifica, por el art. 1.4 de la Ley 2/2021, de 29 de enero. BOE-A-2021-2766
Téngase en cuenta que esta modificación entra en vigor el 1 de enero de 2021, según establece la disposición final única de la citada Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de febrero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-2766 | Leer | Qué cambió |
| 31 de octubre de 2017 | Texto original | Leer |


