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Legislación › Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

Disposición adicional quinta. Líneas de evacuación de instalaciones de producción de energía eléctrica.

Disposición adicional quinta. Líneas de evacuación de instalaciones de producción de energía eléctrica.

A los efectos del impuesto sobre el impacto visual y medioambiental producido por elementos de suministro de energía eléctrica, elementos fijos de redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas e instalaciones de energías renovables, las líneas que cumplan funciones de evacuación de instalación de producción de energía eléctrica se equipararán y tendrán el mismo tratamiento tributario que los elementos fijos destinados al suministro de energía eléctrica con la especificidad prevista en el artículo 26 de esta ley.

Se añade por el art. 2.3 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre. BOE-A-2025-1480

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