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Legislación › Ley 13/2017, de 8 de noviembre, del Taxi de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional primera. Medidas de creación de nuevas autorizaciones de taxi para vehículos adaptados para personas de movilidad reducida.

Disposición adicional primera. Medidas de creación de nuevas autorizaciones de taxi para vehículos adaptados para personas de movilidad reducida.

Si transcurridos dos años desde la entrada en vigor de la presente ley no se hubiera alcanzado el cinco por ciento, o fracción, de vehículos adaptados en un ámbito determinado, la administración competente podrá establecer medidas tendentes a suplir esta deficiencia, como pudiera ser condicionar la transmisión de las autorizaciones, o permitir la realización de servicios a personas de movilidad reducida a taxis con vehículos adaptados de ámbitos próximos.

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