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Orden ETU/1282/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2018.

En vigor Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital · Publicada el 27 de diciembre de 2017 · Último cambio el 27 de diciembre de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 2. Peajes de acceso.
  7. Artículo 3. Precios de los cargos asociados a los costes del sistema de aplicación a las diferentes modalidades de autoconsumo.
  8. Artículo 4. Precio unitario para la financiación de los pagos por capacidad.
  9. Artículo 5. Anualidades del desajuste de ingresos para 2018.
  10. Artículo 6. Costes definidos como cuotas con destinos específicos.
  11. Artículo 7. Extracoste de producción en los sistemas eléctricos en los territorios no peninsulares con cargo al sistema eléctrico.
  12. Artículo 8. Otros ingresos en el sistema de liquidaciones.
  13. Disposición adicional primera. Porcentajes a aplicar a efectos de la información sobre el destino del importe en la factura.
  14. Disposición adicional segunda. Modificación de los procedimientos de operación de aplicación a los consumidores ubicados en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares que prestan el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
  15. Disposición adicional tercera. Cierre de los saldos excedentarios de las cuentas abiertas en régimen de depósitos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, destinadas a planes de mejora de calidad y a planes de limpieza de vegetación.
  16. Disposición transitoria primera. Retribución del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español para 2018, y precios a cobrar a los agentes.
  17. Disposición transitoria segunda. Retribución del operador del sistema para 2018, y precios a cobrar a los sujetos.
  18. Disposición transitoria tercera. Liquidaciones a cuenta de las actividades de transporte y distribución.
  19. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  20. Disposición final primera. Modificación de la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, por la que se regula el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad para los consumidores que adquieren su energía en el mercado de producción.
  21. Disposición final segunda. Modificación de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008.
  22. Disposición final tercera. Modificación de la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
  23. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  24. [firma]
  25. ANEXO