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Legislación › Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores.

Artículo 50. Régimen sancionador.

Artículo 50. Régimen sancionador.

Será de aplicación al presente real decreto-ley las disposiciones generales en materia de infracciones y sanciones contenidas en los capítulos IV, VII y VIII del título VIII del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.

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