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Legislación › Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 44. Reserva especial para inversiones.

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Artículo 44. Reserva especial para inversiones.
1. Podrá reducirse la base imponible positiva en el 45 por 100 de las cantidades que, procedentes del beneficio contable obtenido en el ejercicio, se destinen a una reserva especial para inversiones, en las condiciones y con los requisitos que se señalan en esta sección.
Ese porcentaje será del 60 por 100 para los contribuyentes que tengan el carácter de pequeña empresa. microempresa.
Téngase en cuenta que esta última actualización del párrafo segundo del apartado 1 por el art. 3.15 de la Ley Foral 16/2017, de 27 de diciembre. BOE-A-2018-801, tendrá efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2017.

2. Esta reducción tendrá como límite máximo el 40 por 100 de la base imponible una vez minorada, en su caso, en las bases liquidables negativas a que se refiere el artículo anterior.
3. El beneficio fiscal regulado en esta sección no será de aplicación a las rentas no declaradas por el contribuyente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-752 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2017 BOE-A-2018-801 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 Texto original Leer

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