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Legislación › Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.

Artículo 623-19. Extinción del contrato.

Artículo 623-19. Extinción del contrato.

El contrato de arrendamiento se extingue por las siguientes causas:

a) La finalización del plazo inicial o de las prórrogas.

b) La resolución del contrato, en los casos establecidos por la ley o convenidos por las partes.

c) La pérdida o expropiación total de la finca arrendada.

d) La denuncia anticipada del contrato por el arrendatario, de acuerdo con lo establecido por el artículo 623-13.3.

e) El acuerdo de las partes de extinguirlo anticipadamente.

f) El cambio de calificación urbanística de la finca, como suelo urbano o urbanizable, si implica un impedimento de uso para la producción agraria.

g) Los demás casos convenidos en el contrato o que resulten del presente código.

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