Legislación › Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.
Artículo 621-39. Suspensión del cumplimiento de las obligaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2018 y la del 1 de enero de 2022.
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Artículo 621-39. Corrección a iniciativa Suspensión del vendedor. cumplimiento de las obligaciones.
1. El vendedor puede corregir la falta de conformidad del bien siempre comprador y cuando sea posible hacerlo antes de que venza el plazo de cumplimiento. vendedor pueden suspender, total o parcialmente, el
2. Una vez vencidoplazo de cumplimiento y recibida la notificación de falta de conformidad, el vendedor puede corregirla en un plazo razonable si se ofrece inmediatamente a hacerlo. El comprador puede rechazar este ofrecimiento las obligaciones respectivas en los siguientes casos: casos siguientes:
a) Si tienen que cumplir su obligación al mismo tiempo o después de que la corrección otra parte haya cumplido las suyas, y esta no puede hacerse sin retraso o inconvenientes para el comprador. las cumple.
b) Si tiene tienen que cumplir su obligación antes que la otra parte, tienen motivos razonables para creer que el vendedor la otra parte no cumplirá o no lo hará adecuadamente. sus obligaciones y
c) Si el retraso conlleva un incumplimiento esencial.
3. Mientras la corrección esté pendiente, el comprador puede suspender el cumplimiento deno puede ejercer los derechos que sean incompatibles con le notifican la corrección que pueda hacerse dentro del plazo razonable. suspensión.
4. 2. El vendedor debe pagar los gastos de la corrección y la eventual indemnización por los daños causados por comprador siempre puede suspender el retraso y por cualesquiera otros que la corrección ha causado pago de todo o parte del precio hasta que el vendedor no ha podido evitar, incluyendo los costes cumpla las obligaciones derivadas de los materiales, la mano de obra y el transporte. puesta en conformidad del bien.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-2706 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2018 | Texto original | Leer |


