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Legislación › Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

Artículo 24. Aseguramiento de la responsabilidad civil.

Artículo 24. Aseguramiento de la responsabilidad civil.

1. El ejercicio de las profesiones reguladas en la presente Ley, precisa el oportuno seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los servicios deportivos suscrito por el profesional o el empleador. Las coberturas mínimas así como las características específicas que deberá tener este seguro se desarrollarán mediante reglamento.

2. De acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, las sociedades profesionales deberán suscribir un seguro que cubra la responsabilidad en la que éstas puedan incurrir en el ejercicio de la actividad física o deportiva.

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