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Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 22 de marzo de 2017 · Último cambio el 27 de marzo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  5. Artículo 3. Derechos de los deportistas, consumidores y usuarios de los servicios deportivos.
  6. Artículo 4. Obligaciones de los profesionales en el ejercicio de las profesiones reguladas del deporte.
  7. Artículo 5. Mecanismos para garantizar el cumplimiento de esta Ley 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  8. TÍTULO II
  9. Artículo 6. Profesiones reguladas del deporte.
  10. Artículo 7. Reserva de denominaciones.
  11. Artículo 8. Monitora Deportiva/Monitor Deportivo.
  12. Artículo 9. Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo.
  13. Artículo 10. Preparadora Física/Preparador Físico.
  14. Artículo 11. Directora Deportiva/Director Deportivo.
  15. Artículo 12. Profesora/Profesor de Educación Física.
  16. TÍTULO III
  17. Artículo 13. Requisitos generales para la prestación de servicios deportivos. 3 redacciones · cambió el 27/03/2023
  18. CAPÍTULO I
  19. Artículo 14. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Monitora Deportiva/Monitor Deportivo. 2 redacciones · cambió el 06/03/2019
  20. Artículo 15. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo.
  21. Artículo 16. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Preparadora Física/Preparador Físico.
  22. Artículo 17. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Directora Deportiva/Director Deportivo.
  23. Artículo 18. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Profesora/Profesor de Educación Física.
  24. Artículo 19. Reconocimiento de las cualificaciones profesionales adquiridas en otros Estados de la Unión Europea.
  25. Artículo 20. Adaptación de los requisitos de titulación a los cambios de la oferta formativa. 2 redacciones · cambió el 06/03/2019
  26. CAPÍTULO II
  27. Artículo 21. Reconocimiento de las competencias profesionales vinculadas a otra formación y a la experiencia profesional.
  28. TÍTULO IV
  29. Artículo 22. Comunicación previa.
  30. Artículo 23. Ejercicio a través de sociedades profesionales.
  31. Artículo 24. Aseguramiento de la responsabilidad civil.
  32. Artículo 25. Publicidad de los servicios deportivos. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  33. TÍTULO V
  34. Artículo 26. Definición y procedimiento.
  35. Artículo 27. Competencia. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  36. Artículo 28. Infracciones. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  37. Artículo 29. Sanciones.
  38. Artículo 30. Criterios de graduación de las sanciones.
  39. Disposición adicional primera. Requisitos adicionales en actividades realizadas por delegación.
  40. Disposición adicional segunda. Títulos homologados y equivalentes. 2 redacciones · cambió el 06/03/2019
  41. Disposición adicional tercera. Políticas de igualdad en las profesiones del deporte.
  42. Disposición adicional cuarta. Colaboradores sin dedicación profesional de carácter deportivo.
  43. Disposición transitoria primera. Habilitación para el ejercicio profesional sin la cualificación requerida en la Ley. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  44. Disposición transitoria segunda. Habilitación del empleado público para el ejercicio profesional sin la cualificación requerida en la Ley.
  45. Disposición derogatoria única.
  46. Disposición final primera. Modificación de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.
  47. Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno Autonómico para el desarrollo reglamentario.
  48. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  49. ANEXO
  50. Firma