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Legislación › Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación.

Artículo 81. Régimen económico de los servicios de transporte.

Artículo 81. Régimen económico de los servicios de transporte.

Uno. Como sistema de transporte de titularidad de la Administración, el régimen económico del sistema de transporte público regular de uso general prestado a través de empresas contratistas se basa en el principio de riesgo y ventura del contratista, asociado al volumen de personas usuarias conseguido con la prestación del servicio y la aplicación de una tarifa de equilibrio de carácter contractual.

Dos. En los servicios de transporte discrecional y en los servicios de transporte público regular de uso especial, su régimen económico será el que en cada caso establezcan las partes contratantes.

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