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Legislación › Resolución de 2 de enero de 2017, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017.

ANEXO VII

ANEXO VII

Restricciones temporales a la circulación para la mejora de la seguridad vial en tramos con elevada siniestralidad (apartado D.2.1 de la Resolución)

Todos los días del año de 0:00 a 24:00

Ctra.

Inicio

Final

Vehículos afectados

Sentido

P.K.

Población

P.K.

Población

N-340

957

Salida 278 de la A-7 (Nules).

997

Salida 997 a la AP-7 (Oropesa).

MMA > 7.5 t

Ambos sentidos.

N-124

45,990

Límite Alava-La Rioja (Briñas).

39,000

Gimileo.

4 o más ejes

Ambos sentidos.

N-232

446,710

Gimileo.

330,875

Límite Navarra-La Rioja (Alfaro).

4 o más ejes

Ambos sentidos.

Téngase en cuenta que este Anexo fue modificado por el apartado primero y único.2 de la Resolución de 24 de noviembre de 2017, BOE-A-2017-13831, pero esta Resolución ha sido revocada y anulada por Resolución de 17 de agosto de 2020, en ejecución de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 29 de noviembre de 2019. BOE-A-2020-9931

Redacción original:

Todos los días del año

Ctra.

Inicio

Final

Duración

Sentido

P.K.

Población

P.K.

Población

N-340

957

Salida 278 de la A-7 (Nules)

997

Salida 997 a la AP-7 (Oropesa).

0,00-24,00

Ambos sentidos.

Se modifica por el apartado primero y único.2 de la Resolución de 24 de noviembre de 2017. BOE-A-2017-13831

Téngase en cuenta que la Resolución de 24 de noviembre de 2017 se revoca y anula por Resolución de 17 de agosto de 2020, en ejecución de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 29 de noviembre de 2019. BOE-A-2020-9931

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de diciembre de 2017 En vigor BOE-A-2017-13831 Leer Qué cambió
25 de enero de 2017 Texto original Leer

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