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Legislación › Ley 3/2017, de 31 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2017.

Artículo 4. Bonificación general en el impuesto sobre el patrimonio.

Artículo 4. Bonificación general en el impuesto sobre el patrimonio.

Con posterioridad a las deducciones y bonificaciones reguladas por la normativa del Estado, se aplicará, sobre la cuota resultante, una bonificación autonómica del 50 % de dicha cuota, si esta es positiva.

No se aplicará esta bonificación si la cuota resultante fuese nula.

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