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Legislación › Ley 11/2016, de 15 de diciembre, de acción concertada para la prestación a las personas de servicios de carácter social y sanitario.

Disposición adicional segunda. Compatibilidad con convenios de vinculación en el ámbito sanitario.

Disposición adicional segunda. Compatibilidad con convenios de vinculación en el ámbito sanitario.

La acción concertada será compatible con los convenios de vinculación conforme a lo establecido en los artículos 30 y 31 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón.

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