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Legislación › Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana.

Artículo 52. Prescripción.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de abril de 2017 y la del 1 de junio de 2025. Tachado: lo que se quitó (164 palabras). Subrayado: lo que se añadió (83 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 52. Graduación de las sanciones. Prescripción.
1. Para la graduación de las sanciones se tendrá en cuenta:
a) La naturaleza y gravedad de
Las infracciones muy graves prescribirán a los riesgos o perjuicios causados tres años, las graves a los dos años y las personas o bienes.
b) La intencionalidad de la autora o del autor.
c) La reincidencia.
d) La trascendencia social de
leves a los hechos o su relevancia.
e) El beneficio que haya obtenido la persona infractora.
nueve meses.
f) 2. El incumplimiento plazo de prescripción de las advertencias o requerimientos infracciones comenzará a computarse desde el día en que previamente haya realizado la administración de la Generalitat. infracción se hubiera cometido.
g) La pertenencia de la persona infractora 3. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a fuerzas los dos años, las graves al año y cuerpos de seguridad.
h) La pertenencia de la persona infractora
las leves a un grupo organizado de ideología fehacientemente transfóbica.
i) La reparación voluntaria de
los daños causados o la subsanación de los hechos que dieron lugar a la comisión del tipo infractor, siempre que ello tenga lugar antes de que recaiga resolución definitiva en el procedimiento sancionador. seis meses.
2. Para la imposición 4. El plazo de prescripción de las sanciones pecuniarias y para la determinación de su cuantía deberá tenerse comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en cuenta que sea ejecutable la comisión de las infracciones no resulte más beneficiosa para resolución por la persona o personas infractoras que se impone la sanción o haya transcurrido el cumplimiento de las normas infringidas. plazo para recurrirla.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
12 de abril de 2017 Texto original Leer

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