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Legislación › Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana.

Artículo 6. Prohibición de las terapias.

Artículo 6. Prohibición de las terapias.

Se prohíben las terapias que puedan suponer una agresión o intimidación a la persona trans, destinadas a modificar la identidad o expresión de género de estas personas, siendo posible acogerse a acompañamiento siempre que se opte libre y voluntariamente.

Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de los incisos destacados, en la redacción dada por el art. 127 de la Ley 5/2025, desde el 26 de febrero de 2026 para las partes del proceso y desde el 6 de mayo de 2026 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2026 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 1549-2026, BOE-A-2026-9794, y que se mantiene la suspensión por Auto del TC 45/2026, de 7 de julio. BOE-A-2026-16931

Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación de los incisos destacados, en la redacción dada por el art. 127 de la Ley 5/2025, por Auto del TC 45/2026, de 7 de julio. BOE-A-2026-16931

Se suspende la vigencia y aplicación de los incisos destacados, en la redacción dada por el art. 127 de la Ley 5/2025, desde el 26 de febrero de 2026 para las partes del proceso y desde el 6 de mayo de 2026 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2026 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 1549-2026. BOE-A-2026-9794

Se modifica por el art. 127 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. BOE-A-2025-11959

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de agosto de 2026 En vigor BOE-A-2026-16931 Leer Qué cambió
6 de mayo de 2026 BOE-A-2026-9794 Leer Qué cambió
1 de junio de 2025 BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
12 de abril de 2017 Texto original Leer

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